En la última década la elección del avión como transporte se ha incrementado notablemente en la sociedad. Junto a esta elección han aumentado los problemas de los pasajeros cuando una compañía no permite la entrada en la aeronave con más de una maleta de mano de determinadas dimensiones, o cuando el avión sufre retrasos o cancelaciones. En este artículo nos gustaría aclarar los derechos de los pasajeros aeronáuticos.

En primer lugar en España se ha venido reconociendo el derecho de los viajeros a transportar con ellos como mínimo una maleta de mano además de una bolsa de compra realiza en el aeropuerto, debemos de tener en consideración que desde hace unos años y tras diferentes sentencias condenatorias a compañías generalmente de bajo coste, se ha tomado la decisión por la mayoría de ellas de permitir la entrada en el avión con una maleta de mano, además de una bolsa de menores dimensiones la cual deberá de colocar debajo del asiento durante el despegue y el aterrizaje. Adicionalmente las personas de movilidad reducida podrán disponer de una silla de ruedas a bordo

Por otro lado desde Europa se han reconocido los derechos de los viajeros cuando los aviones sufren retrasos o cancelaciones, estos derechos pueden varían en relación a la distancia del trayecto y el tiempo en caso de retraso, por ejemplo para una conexión aérea de menos de 1.500 km se establece una compensación económica de 250€ mientras que si la distancia es superior a los 1.500 km la compensación podría llegar hasta los 600€ siempre dependiendo de las circunstancias de cada caso.

Por otro lado cuando nuestro avión sufre un retraso considerable, es cancelado o pospuesto para el día siguiente tenemos derecho a unos servicios básicos como son por ejemplo, el derecho a realizar dos llamadas telefónicas o conexión a internet para poder informar a familiares de nuestra situación además del derecho a recibir comida y bebida durante el retraso del vuelo o el derecho a alojamiento si debemos debamos de pernoctar.

Generalmente, las compañías aéreas en circunstancias similares a las mencionadas anteriormente suelen ofrecernos unos cheques comida que pueden canjearse en algunas de las tiendas del aeropuerto, sin embargo si un particular realiza un gasto extra relativo a alimentación   y conserva la factura podrá reclamar con posterioridad a la compañía aérea el reembolso de dicho importe. En relación al derecho de llamada telefónica o conexión a internet el mismo no suele ser respetado por las compañías ya que en muchos casos los aeropuerto nos disponen de línea telefónica dentro de las terminales, no obstante esto no es justificación suficiente para no cumplir con sus obligaciones.

En conclusión, debemos de saber que en casos de retrasos y cancelaciones de vuelos tenemos unos derechos como pasajeros y las compañías una obligaciones mínimas que han de cumplir.

Si en algún momento necesitas ayuda y asesoramiento al respecto en A&P estaremos encantados de ayudarte.

Rafael Aguirre Povedano.Watch Full Movie Online Streaming Online and Download

1 Las compañías tiene derecho a fijar las dimensiones  en proporción de sus bodegas de abordo.

2 REGLAMENTO (CE) No 261/2004 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 11 de febrero de 2004

3 En caso de retraso el mismo debe de ser superior a 2 horas

4 Supongamos que somos celiacos o vegetarianos, y en ninguno de los restauraste donde se puede canjear el cheque tenemos productos adecuados a nuestras necesidades

En youtube https://youtu.be/dCMgHp5xADU

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