Seguro que últimamente has oído hablar de la necesidad de implantar un Buzón Ético o Canal de denuncias en empresas de más de 50 trabajadores y en Ayuntamientos de más de 10.000 habitantes, pero lo cierto es que… ¿No cuentan ya la gran mayoría de Ayuntamientos con un Buzón del Ciudadano?
Efectivamente, prácticamente todos nuestros Ayuntamientos correspondientes cuentan ya con un Buzón para la Ciudadanía, comúnmente conocido como Buzón del Ciudadano, por lo que es lógico preguntarse qué diferencia hay entre ambos.
Mientras el Buzón del Ciudadano es un medio de comunicación que los Ayuntamientos ponen a disposición de sus ciudadanos para que estos puedan comunicar cualquier queja, sugerencia, aviso, incidencia o consulta relacionada con sus servicios y actividades (una avería en las farolas de las vías públicas de la localidad, el mal estado de una calzada, etc.), el Buzón Ético o Canal de Denuncias se enfoca en la vigilancia y el control en la lucha contra la corrupción y en la prevención de delitos dentro del Ayuntamiento.
De este modo, los ciudadanos pueden comunicar cualquier infracción ocasionada dentro del Ayuntamiento de su localidad o de las empresas que dependen de este (situaciones de abuso de poder, malversación de fondos, fraudes, etc.) a través de dicho Buzón Ético o Canal de Denuncias.
Además, generalmente, el Buzón del Ciudadano consiste en un formulario online al que el ciudadano puede acceder de manera presencial, telefónica u online, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento que corresponda, debiendo por lo tanto, identificarse, mientras que el Buzón Ético o Canal de Denuncias permite tramitar la denuncia online de manera totalmente anónima, asegurando así la confidencialidad y seguridad del denunciante.
Finalmente, no podemos olvidar que implantar un Buzón Ético o Canal de Denuncias no es una opción para aquellos Ayuntamientos que posean más de 10.000 habitantes, pues es una de las nuevas obligaciones contempladas en la Directiva 2019/1937 relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del derecho de la Unión.
Por ello, desde Aguirre Povedano Abogados, hemos desarrollado tú buzón ético, herramienta que podrá implantar el Ayuntamiento de tú municipio (puedes conocer más sobre nuestra herramienta pinchando aquí) para cumplir con las obligaciones descritas en dicha Directiva, teniendo la opción de externalizar a un tercero su gestión.
Si quieres saber más sobre los Canales de Denuncias y la Directiva 2019/1937, no dudes en echar un vistazo a nuestro artículo titulado ¿Tengo que poner un Canal de Denuncias en mi empresa? Podrás acceder al mismo a través del siguiente enlace.
Victoria Galiot Vargas.
Criminóloga.